CEMS

APRUEBA REGLAMENTO DE INGRESO A LA ESCUELA DE CICLO BÁSICO COMÚN (DEROGA CSU-255/22)

 

Resolución CSU-364/24

Expte. 2624/13

 

BAHÍA BLANCA, 24 de mayo de 2024

 

VISTO:

La resolución CSU-255/22 mediante la cual se aprueba el Reglamento de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común;

 

El proyecto de actualización del mismo presentado por la Dirección de la ECBC;

 

La resolución CEMS-020/2024 mediante la cual el Consejo de Enseñanza Media y Superior solicita derogar la resolución CSU-255/22 y aprobar nuevo Reglamento de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de la Escuela de Ciclo Básico Común manifiesta la necesidad de reconsiderar algunos aspectos del reglamento vigente;

 

Que es necesario incorporar modificaciones en relación con las matriculaciones no efectivizadas;

 

Que la falta de la presentación formal de la renuncia impide conocer las vacantes reales;

 

Que mantener retenido un banco sin presentarse a clase restringe el derecho de otras/otros aspirantes a ocuparlo;

 

Que dada la especificidad del Curso de Ingreso es necesario dar prioridad para su dictado a quienes ya se han desempeñado en él;

 

Que, dado que nuestra Universidad cuenta con los profesorados de Matemática, en Letras y Educación Primaria, sería conveniente convocar estudiantes avanzadas/os de dichas carreras para cubrir posibles vacantes tutoriales;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 22 de mayo de 2024, lo aconsejado por sus Comisiones de Establecimientos Secundarios y Terciarios y de Interpretación y Reglamento;

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Derogar la Resolución CSU-255/22.

 

ARTÍCULO 2º: Aprobar el Reglamento de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común que se consta en el anexo de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y, por su intermedio, a la Escuela de Ciclo Básico Común. Dese al Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo. Cumplido, archívese.

 

ANEXO

Resolución CSU-364/2024

 

REGLAMENTO DE INGRESO A LA ESCUELA DE CICLO BÁSICO COMÚN

 

ARTÍCULO 1º: De la inscripción

a) Todas/os las/os aspirantes a ingresar a 1º año de la Escuela de Ciclo Básico Común deberán realizar la inscripción online en las dos primeras semanas de junio. Antes de esa fecha y durante la segunda quincena de mayo se realizará la difusión a través de los medios masivos de comunicación y de las páginas web de la Escuela (www.ciclo basico.uns.edu.ar) y de la Universidad (www.uns.edu.ar).

 

b) La inscripción se realizará de forma virtual a través de un enlace que estará disponible en la página web de la Escuela de Ciclo Básico Común.

 

c) La “Planilla de Inscripción” se presentará junto con las dos caras del DNI de la/del aspirante, a través de la modalidad que establezca la Escuela, en la tercera semana de junio.

 

d) La institución dispondrá de un número telefónico para atender consultas pertinentes a la inscripción online. Para aquellos casos que así lo requieran se proveerá la asistencia telefónica necesaria para realizar la inscripción.

 

e) Toda vez que la Coordinación del Ingreso necesite comunicarse de manera particular –y de forma fehaciente– con alguna familia lo hará al primer correo electrónico que esta haya consignado en el momento de la inscripción.

 

f) Las/os aspirantes a ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común deben tener menos de 15 años de edad al 1 de julio del año en que realiza la inscripción.

 

g) Las/os interesadas/os que no efectivicen la inscripción conforme a lo establece en el inciso c) del presente artículo no podrán a realizar el Curso de Nivelación, rendir los exámenes ni participar del sorteo por lo que NO podrán ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común.

 

ARTÍCULO 2º: Conformación de las divisiones

Fijar en 10 (diez) el número de divisiones de 1º año de la Escuela de Ciclo Básico Común, cinco (5) en turno mañana y cinco (5) en turno tarde, y en veintiséis (26) el número máximo de estudiantes que ingresan a cada división, lo que conforma un total de 260 vacantes.

 

ARTÍCULO 3º: Del ingreso

Las 260 vacantes se cubrirán de la siguiente manera:

 

a) Por las/os estudiantes provenientes de sexto año de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS que opten por continuar sus estudios en la Escuela de CBC y que tengan al menos 80% de asistencia del curso de nivelación y rendido los dos exámenes (Lengua y Matemática), cuyo resultado tendrá carácter no vinculante. Quienes no formalicen los requisitos serán dados de baja y las vacantes producidas serán cubiertas de acuerdo al orden de puntaje resultante de las calificaciones de los exámenes.

 

b) Por cincuenta (50) estudiantes sorteadas/os de la totalidad de inscriptas/os que tengan al menos 80% de asistencia del Curso de Nivelación y rendido los dos exámenes (Lengua y Matemática) cuyo resultado tendrá carácter no vinculante, sin incluir a quienes provienen de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS.

 

c) Por las/os aspirantes no incluidos en los incisos a) y b) del presente ARTÍCULO que tengan al menos 80% de asistencia clases del Curso de Nivelación y que hayan rendido los exámenes de Lengua y Matemática, de acuerdo con el listado por orden de puntaje surgido de la sumatoria de las calificaciones obtenidas en ambas evaluaciones.

 

ARTÍCULO 4º: De los sorteos

Se realizarán dos sorteos para definir dos listados:

a) Listado 50. Está conformado por aquellas/os 50 estudiantes que hayan sido favorecidas/os por el sorteo a efectuarse el viernes posterior a la toma del último examen o el mismo día en el caso de que ese examen sea un viernes por la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional).

 

b) Listado turno. Está conformado por aquellas/os ingresantes que figuran en el listado por orden de puntaje surgido de la sumatoria de las calificaciones obtenidas en los exámenes, desde el orden 16 en adelante hasta cubrir las 260 vacantes. El sorteo se llevará a cabo en las 48 horas hábiles posteriores a la publicación de dicho listado, a través de la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional). Se exceptuarán de este sorteo: las/os quince (15) primeras/os estudiantes del listado por orden de puntaje, las/los estudiantes del Listado 50 y las/os estudiantes de la EEIyP. Para participar de los sorteos las/os aspirantes deberán cumplir con los requisitos previstos en el art. 5° inciso a) y el art. 6° inciso a).

 

Para ambos sorteos se tendrán en cuenta las tres (3) últimas cifras del DNI de la/del aspirante, correspondiendo en primer término, a aquellas/os cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha del sorteo correspondiente; a continuación, las/os que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número a la cifra sorteada. En caso de empate, se continuará con la cuarta cifra (unidad de mil). En caso de persistir la igualdad, se desempatará con la decena de mil y así sucesivamente.

 

ARTÍCULO 5º: Del Curso de Nivelación

a) La Escuela de Ciclo Básico Común ofrecerá un Curso de Nivelación de Lengua y Matemática con modalidad presencial y de asistencia obligatoria, al menos al 80% de asistencia a sus clases. Estas se desarrollarán durante los meses de agosto y noviembre. Entre el lunes y el viernes de la semana siguiente a la finalización del curso se llevarán a cabo los exámenes de Matemática y Lengua.

 

b) Estará organizado por el Equipo Directivo y la Coordinadora del Ingreso de la Escuela de Ciclo Básico Común junto a las/los Coordinadoras/es de Espacios Curriculares Afines de Lengua y Matemática.

 

c) La preparación del material didáctico, la coordinación de las clases, el acompañamiento de profesoras/es y la elaboración de los exámenes estará a cargo de un equipo integrado por las/los Coordinadoras/es de Espacios Curriculares Afines de Lengua y Matemática, un/una profesor/a de la Escuela de Ciclo Básico Común de cada área y un/una profesor/a de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de cada área.

 

d) Las clases estarán a cargo de tutoras/es que realizarán la mediación pedagógica de las actividades y atenderán las consultas.

 

Para la cobertura de los cargos de tutoras/es de Lengua y Matemática se priorizará a quienes se hayan desempeñado previamente en el Curso de Ingreso de la Escuela de Ciclo Básico Común.

 

Para la cobertura de vacantes se convocará a profesoras/es de Letras, Matemática y Educación Primaria de la UNS, recientemente recibidas/os, y/o estudiantes avanzadas/os de los Profesorados de Matemática, Lengua y Educación Primaria de la UNS que hayan cumplimentado el 80% de su carrera y las correspondientes prácticas docentes.

 

ARTÍCULO 6º: De los exámenes

a) Todas/os las/los aspirantes deberán rendir un examen de Lengua y otro de Matemática, ambos de carácter obligatorio. Estos exámenes serán anónimos, escritos, individuales, presenciales y valorados con una calificación de 0 a 100 puntos.

 

b) Los exámenes de cada área se tomarán el mismo día y hora para todas/os las/os aspirantes.

 

c) Las inasistencias a las evaluaciones se justificarán en los siguientes casos: enfermedad de la/del aspirante con presentación de certificado médico expedido por hospital público o privado; fallecimiento de familiar directo, en este grupo se incluyen madres, padres, hermanos/as, abuelos/as o integrantes del grupo familiar conviviente.

 

d) Para determinar el ingreso de aspirantes no incluidas/os en forma directa (ingresantes provenientes de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria y los cincuenta (50) sorteadas/os Art. 3º incisos a) y b)), se confeccionará un listado por orden de puntaje desde la calificación más alta a la más baja, que será el resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los exámenes, siempre que tengan al menos 80% de asistencia del Curso de Nivelación y rendido los dos exámenes (Lengua y Matemática) (Art. 3º c).

 

ARTÍCULO 7º: De los turnos

Para la adjudicación del turno a las/os estudiantes ingresantes a 1º año de la Escuela de Ciclo Básico Común se seguirán las siguientes pautas:

 

a. Las/os estudiantes provenientes de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS que hayan optado por la ECBC y las/os quince (15) primeras/os del listado por orden de puntaje ingresarán al turno que elijan.

 

b. Las 130 vacantes en el turno mañana se cubrirán de la siguiente manera:

1. Con las/os estudiantes de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria y las/os quince (15) primeras/os del listado por orden de puntaje que hayan elegido este turno.

2. Con las/os veinticinco (25) primeras/os estudiantes pertenecientes al Listado 50 (de acuerdo con Art.4 inc. a) distribuidas/os equitativamente entre las 5 divisiones del turno mañana. 3. Con las/os aspirantes según el orden del Listado turno (de acuerdo al Art. 4 inc. b).

 

c. Las 130 vacantes en el turno tarde se cubrirán de la siguiente manera:

1. Con las/os estudiantes de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria y las/os 15 (quince) primeras/os del listado por orden de puntaje que hayan elegido este turno.

2. Con las/os veinticinco (25) estudiantes pertenecientes al Listado 50 (de acuerdo con Art.3 inc. b) que hayan quedado ubicadas/os a partir del orden 26. Serán distribuidas/os equitativamente entre las 5 divisiones del turno tarde.

3. Con las/los aspirantes restantes según el orden del Listado turno (de acuerdo al Art. 4 inc. b).

 

d. No será causal para solicitar cambio al turno mañana:

1. Manifestar tener hermanas/os que concurren en el turno mañana, en cualquier establecimiento educativo.

2. Invocar motivos laborales del padre, madre, tutor/ora o representante legal.

3. Invocar asistencia a actividades (deportivas, culturales, religiosas, educativas, artísticas, otras) extracurriculares en el turno tarde.

 

e. No se aceptarán permutas para cubrir los cupos de las divisiones de 1° año.

 

ARTÍCULO 8º: De la matriculación

a. Las/os ingresantes deberán efectivizar su matriculación en el mes de diciembre, en el período y según la modalidad que fije la Escuela de Ciclo Básico Común y que será informada a las familias al finalizar el Curso de Nivelación. De no concretarse la matriculación en el período establecido, perderán el lugar y no podrán ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común.

 

b. La/el estudiante en condiciones de ingresar cuya familia decidiera no aceptar la vacante deberá renunciar a esta posibilidad mediante nota enviada al correo electrónico ingreso.ecbc@uns.edu.ar por el padre, madre, tutor/a.

 

c. Las vacantes producidas por renuncias se cubren del siguiente modo:

1. Si la vacante se produjera en el Turno Mañana por renuncia de una/un aspirante del listado de las/os 50 primeras/os sorteadas/os, se cubrirá con las/los estudiantes de este mismo listado, a partir del número 26.”

2. Si la vacante se produjera en el Turno Mañana por renuncia de una/un estudiante de la EEIyP o del listado de puntaje, se cubrirá con las/los estudiantes que continúan del listado por orden de puntaje. 3. Si la vacante se produjera en el Turno Tarde se cubrirá de acuerdo al listado por orden de puntaje a partir del último ingresante.

 

d. Quien estando matriculada/o en la ECBC no se presentare a clases ni justificare dichas inasistencias será dada/o de baja a los diez días corridos del inicio del ciclo lectivo correspondiente según el calendario académico de la UNS. La Coordinadora del Ingreso lo notificará de manera fehaciente, tal como lo establece el Art. 1 inc. e.

 

ARTÍCULO 9º: Disposiciones generales

a) Las hermanas/os de las/os ingresantes no ingresarán bajo ninguna condición que no sea respetando el orden del listado de puntaje de las/os estudiantes no ingresantes.

b) Las/los cincuenta (50) estudiantes sorteadas/os no serán incorporadas/os al orden del listado de puntaje resultante de las notas de los exámenes ni participarán del sorteo de turno.

c) Las/os aspirantes que, para poder ingresar al orden del listado de puntaje, elijan no participar del sorteo, deberán comunicarlo mediante nota, en formato papel, dirigida a la Dirección de la Escuela antes de la fecha del primer examen.

d) Toda situación no prevista en la presente reglamentación será resuelta por el Equipo Directivo de la Escuela de Ciclo Básico Común con la asistencia del Departamento de Orientación Escolar (DOE), con eventual intervención del CEMS y, en última instancia, con interposición de recurso jerárquico ante el Consejo Superior Universitario.

 

DRA ANDREA CASTELLANO

VICERRECTORA

DR. JAVIER D. OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO